Mi hijo ha sido diagnosticado con TDA/H. ¿No califica para los servicios de la Sección 504 de manera automática?
No. Aunque un diagnóstico formal es un buen primer paso, no significa que automáticamente su hijo sea elegible para que se hagan adaptaciones de acuerdo con la Sección 504. La elegibilidad para los beneficios de la Sección 504 se basa en la existencia de una deficiencia física o mental identificada que limite sustancialmente una actividad importante de la vida. El diagnóstico del TDA/H no es suficiente, debe tener un impacto significativo sobre su aprendizaje o comportamiento.
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